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ASPECTOS BÁSICOS DE UNA PROMESA DE COMPRAVENTA

Cuando se toma la decisión de comprar un inmueble, comprador y vendedor se ponen de acuerdo en varios aspectos del negocio, los cuales deben quedar registrados en un contrato llamado:  “PROMESA DE COMPRAVENTA”.

BENEFICIOS:

La promesa de compraventa permite dar una mayor garantía para el cumplimiento del acuerdo verbal de compra-venta de un inmueble, donde se definen por escrito las condiciones de dicha enajenación, especialmente precio, forma de pago y entrega del inmueble.  De esta forma el comprador y vendedor no podrán cambiar las condiciones .

CONTENIDO BÁSICO

1. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:  Nombres completos, documentos de identificación, estado civil, domicilio.

2.  OBJETO:   Tipo de inmueble, matrícula inmobiliaria, ubicación, áreas específicas: áreas privada, área construida y aclaración de otro tipo de área del inmueble que sea para el goce  o usufructo del comprador (ej: terraza de área común pero de uso exlusivo del inmueble); linderos.

3.  TITULO:  Información del contrato de compraventa y/o No. escritura donde se muestra cómo fue  adquirido el inmueble por el prominente vendedor.

4.PRECIO Y FORMA DE PAGO:  Se refiere al precio de venta acordado entre el vendedor y el comprador para la enajenación del inmueble y así mismo se describe la forma en que se realizará el pago total, especificando fechas para cada una de las cuotas acordadas.

5. ARRAS:  Es un valor acordado entre comprador y vendedor, con el fin de empezar un negocio de compra-venta del inmueble, que equivale a un anticipo para la reserva del bien . Generalmente es el 10% sobre el precio del inmueble.   Este dinero es entregado por parte del prominente comprador al prominente vendedor en el momento de la firma de la promesa de compraventa.  En caso de incumplimiento del prominente comprador, éste perderá las arras y si el incumplimiento es de el prominente vendedor, éste deberá devolver al comprador  las arras dobladas.

6. PLAZO: Son las fechas acordadas para que el comprador realice los pagos hasta  hacer  la cancelación del inmueble.  De acuerdo a la forma de pago establecida, es muy importante estipular los periodos en que el comprador debe radicar y tramitar su crédito hipotecario si fuese el caso. En forma seguida, si se presenta la  negación del crédito o aprobación  del mismo por un valor inferior al solicitado por el comprador, es importante describir cómo continúa la relación comercial.

7.  ENTREGA:  Fecha o período dentro del cual debe hacerse entrega del inmueble por parte del prominente vendedor al prominente comprador.

8. SANEAMIENTO:  Cláusula donde se estipula que el prominente vendedor está obligado a entregar el inmueble al prominente comprador libre de:  Embargos, pleitos pendientes, demandas, gravámenes, anticresis, contratos de arrendamiento por escritura pública, desmembraciones, patrimonio de familia, afectación de vivienda familiar.  Debe estar a  paz y salvo por todo concepto de tasas, impuestos y contribuciones.  Se obliga al prominente vendedor al saneamiento de la venta del inmueble y responder por cualquier gravamen o acción real que resulte en contra del derecho de dominio que transferirá al prominente comprador.

9.  GASTOS NOTARIALES Y DE REGISTRO: Describir los gastos notariales y de registro correspondientes al prominente comprador y al prominente vendedor que se ocasionen con el otorgamiento de la escritura pública .

10. CLAUSULA PENAL:  Se define un valor en dinero o una tasación de los perjuicios por incumplimiento de alguna de las partes contratantes.

Es de anotar que en caso de incumplimiento de una de las partes, sólo puede hacerse efectiva una de las penalidades:  Arras ó cláusula penal.

11. MERITO EJECUTIVO:  Declaración del mérito ejecutivo del documento para la efectividad de las obligaciones contenidas en él.

12.  CESIÓN:  Se expresa la voluntad de cesión o no cesión parcial o total de las obligaciones contenidas en este contrato o también se describe si es necesario previo acuerdo y autorización escrita para hacerlo.

13. NOTIFICACIONES:  Dirección o domicilio de las partes, donde se les enviarán las  comunicaciones relacionadas con este contrato.

14.  AUTORIZACIÓN DE GESTIÓN Y TRAMITACIÓN:  Si se da poder a una persona natural o jurídica (agente inmobiliario) para actuar en la negociación en:  el contrato de compraventa, suscripción de la escritura pública, hacer los registros correspondientes, negociaciones, efectuar los pagos de ley y contractuales, recibir el precio de venta estipulado en este contrato.

15. Honorarios del corredor inmobiliario.

16.  FIRMAS:  Del prominente comprador y vendedor , con documento de identidad, dirección y teléfono respectivamente.

 

 

 

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